Documentación obligatoria

El artículo 4 del Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria establece que las oficinas de farmacia o establecimientos comerciales detallistas deberán comunicar a la autoridad competente de la comunidad autónoma en que radiquen la siguiente información:
 

  • Fecha prevista para el comienzo de la actividad de venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria.
  • Información sobre la técnica de venta a distancia, mediante correspondencia o sitio web.
  • Información sobre los procedimientos de envío de los medicamentos. Esta información constará de los siguientes documentos:
  1. Procedimiento Normalizado de Trabajo (PNT) sobre preparación y envío de medicamentos, aprobado por el farmacéutico titular o responsable de la entidad de dispensación (fechado y firmado). Deberá contener una descripción detallada de todas las actuaciones del proceso, desde la preparación del envío hasta la entrega en el domicilio del cliente, que aseguren el cumplimiento de los requisitos de dispensación y transporte adecuados para que los medicamentos no sufran ninguna alteración ni merma en su calidad.
  2. Contrato de la entidad de dispensación con la empresa de transporte, firmado por ambas partes, en el que se especifiquen las responsabilidades de cada una de ellas.